Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2020/130-10)
Resolución de 16 de junio de 2020, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de méritos para la cobertura de cargo intermedio de Supervisor/a de Enfermería en el Área de Gestión Sanitaria Norte de Huelva (Ref. 4640).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 130 - Miércoles, 8 de julio de 2020
página 101

4. Solicitudes y documentación.
4.1. Las solicitudes se dirigirán a la Dirección Gerencia del Centro Hospitalario del
Área de Gestión Sanitaria Norte de Huelva según modelo que figura como Anexo I a la
presente resolución, y se presentarán en el Registro General de éste Área, sito en Avda.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00174536

3.2. Funciones a desarrollar:
Además de las funciones que tenga asignadas en el área asistencial del Bloque
Quirúrgico, son entre otras:
a) Impulsar la gestión de los cuidados, favoreciendo la personalización de la atención
en todos los procesos asistenciales priorizados por la Consejería de Salud y otros ámbitos
de actuación establecidos por los Planes Integrales de Salud, que permitan la mejora
continua en la práctica clínica y en los estándares de calidad asumidos por la Unidad,
incorporando las actividades de promoción de la salud, de educación para la salud y de
prevención de la enfermedad.
b) Desarrollar y coordinar la atención de forma prioritaria a los pacientes en situación
de especial vulnerabilidad, con mayores necesidades de cuidados, que deban ser
atendidos en el domicilio o en la unidad.
c) Promover y establecer mecanismos de coordinación entre los profesionales de los
distintos niveles asistenciales y del entorno social de acuerdo con los criterios establecidos
por la Dirección Gerencia del Centro y la Dirección Asistencial correspondiente, en el
marco de las estrategias de la Consejería de Salud, para conseguir una continuidad de
cuidados eficaz en todos los procesos asistenciales.
d) Realizar una gestión por competencias, evaluando y propiciando la adquisición de
competencias de los profesionales de su área de conocimiento e impulsando acciones de
mejora organizativa y modernización en el ámbito de la gestión de los profesionales.
e) Elaborar junto a la Dirección de la Unidad los objetivos de los acuerdos de gestión.
f) Propiciar y favorecer la participación de los profesionales de su área de referencia
de conocimiento en el seguimiento y monitorización de los indicadores específicos
del Cuadro de Mandos de su área asistencial, con la finalidad de facilitar el correcto
seguimiento de los objetivos definidos en el Acuerdo de Gestión.
g) Evaluar junto con la Dirección de la Unidad la efectividad, la calidad y la eficiencia
de las actuaciones profesionales que se prestan por los profesionales de su área de
referencia de conocimiento en Salud, proponiendo a la Dirección las medidas de mejora
más adecuadas.
h) Evaluar a los profesionales de su área asistencial, de su área de referencia de
conocimiento, sus objetivos individuales con carácter anual, en orden a lograr el óptimo
cumplimiento de los objetivos del acuerdo de gestión de la Unidad y del Contrato Programa
del Centro.
i) Colaborar en las actuaciones que en materia de docencia e investigación desarrolla
la unidad, con especial énfasis en la práctica de cuidados.
j) Gestionar las estrategias y programas que permitan el cumplimiento de los acuerdos
de consumo de su Acuerdo de Gestión Clínica a través del uso óptimo, adecuado
y eficiente, de medicamentos y el material clínico y su mantenimiento, así como los
productos sanitarios necesarios para la provisión de los cuidados más adecuados a la
población.
k) Proponer a la Dirección de la Unidad cuantas medidas, iniciativas e innovaciones
pudieran contribuir al mejor funcionamiento en el desarrollo de los cuidados.
l) Gestionar, organizar y promover todas las actividades necesarias para la integración
efectiva de la prevención de riesgos laborales en el Área de conocimiento de su referencia,
según las instrucciones recibidas por la Dirección y en consonancia con los objetivos
marcados por la organización en materia de Prevención de Riesgos Laborales.
m) Otras funciones que en materia de cuidados le sean atribuidas por la Dirección de
la Unidad o por la Dirección de su Centro.