Disposiciones generales. . (2020/128-4)
Orden de 22 de junio de 2020, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, por el Instituto Andaluz de la Juventud, a personas jóvenes andaluzas o residentes en Andalucía, para poner en funcionamiento proyectos empresariales en Andalucía (Programa «Innovactiva 6000»), para el ejercicio 2020.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 128 - Lunes, 6 de julio de 2020
página 76

CÓDIGO IDENTIFICATIVO

5

(Página

de

)

ANEXO II

DECLARACIÓN, LUGAR, FECHA Y FIRMA

DECLARO, bajo mi expresa responsabilidad, que son ciertos cuantos datos figuran en el presente documento.
En

a

de

de

LA PERSONA SOLICITANTE/REPRESENTANTE

Fdo.:

ILMO/A SR/A DIRECTOR/A GENERAL DEL INSTITUTO ANDALUZ DE LA JUVENTUD
Código Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas: A 0 1 0 1 4 2 0 0
CLÁUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, le informamos que:
a) El Responsable del tratamiento de sus datos personales es el Servicio de Coordinación y Relaciones Institucionales cuya dirección es C/ Muñoz Olivé nº. 1. 3ª planta
(41001) Sevilla.
b) Podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección electrónica dpd.iaj@juntadeandalucia.es
c) Los datos personales que nos proporciona son necesarios para la gestión y tramitación de ayudas y subvenciones del Instituto Andaluz de la Juventud, cuya base
jurídica es la D.A. 1ª Ley 9/1996, de 26 dic.
d) Puede usted ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento, como se explica en la
información adicional.
La información adicional detallada, así como el formulario para la reclamación y/o ejercicio de derechos se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica:
http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos

NOTA:

00174414

002392/2/A02D

De acuerdo con el artículo 17 de las bases reguladoras de estas subvenciones, la falta de presentación en plazo de los documentos exigidos por la propuesta provisional
implicará (salvo que se trate de documentos que obren en poder de la Administración, respecto de los cuales la persona o entidad interesada haya efectuado su
consentimiento expreso al órgano gestor para que pueda recabarlos):
a) Cuando se refiera a la acreditación de requisitos para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria, su desistimiento de solicitud.
b) Cuando se refiera a la acreditación de los elementos a considerar para aplicar los criterios de valoración, la no consideración de tales criterios, con la consiguiente
modificación de la valoración obtenida.
Todo ello sin perjuicio de las responsabilidades en que se pudiera incurrir.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja