5. Anuncios5. Otros anuncios oficiales. . (2020/128-25)
Anuncio de 26 de junio de 2020, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Cádiz, Junta Arbitral del Transporte, por el que se notifican los siguientes laudos dictados en procedimientos tramitados por la Junta Arbitral del Transporte de Cádiz.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 128 - Lunes, 6 de julio de 2020
página 244
Transcurridos veinte días desde la notificación de estos laudos a las partes podrá
instarse su ejecución forzosa ante el Juzgado de Primera Instancia correspondiente,
conforme establecen los artículos 44 y 45 de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de
Arbitraje, y el artículo 548 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Contra este laudo puede ejercitarse la acción de anulación ante el Tribunal Superior
de Justicia de Andalucía, en el plazo de los dos meses siguientes a su notificación,
de acuerdo con lo previsto en los artículos 8.5.º y 40 a 43, ambos inclusive, de la Ley
60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje.
Con independencia de lo anterior, dentro de los diez días siguientes al de la notificación
del laudo, podrá solicitarse a esta Junta Arbitral su corrección, aclaración o complemento,
de acuerdo con el artículo 39 de la citada Ley de Arbitraje. La presente notificación se
hace con carácter previo a la preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que
será determinante a los efectos de su notificación.
00174429
Cádiz, 26 de junio de 2020.- La Consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del
Territorio, PD. (artículo 11 de la Orden de 17.10.2018, BOJA núm. 203, de 19.10.2018), la
Delegada, Mercedes Colombo Roquette.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 128 - Lunes, 6 de julio de 2020
página 244
Transcurridos veinte días desde la notificación de estos laudos a las partes podrá
instarse su ejecución forzosa ante el Juzgado de Primera Instancia correspondiente,
conforme establecen los artículos 44 y 45 de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de
Arbitraje, y el artículo 548 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Contra este laudo puede ejercitarse la acción de anulación ante el Tribunal Superior
de Justicia de Andalucía, en el plazo de los dos meses siguientes a su notificación,
de acuerdo con lo previsto en los artículos 8.5.º y 40 a 43, ambos inclusive, de la Ley
60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje.
Con independencia de lo anterior, dentro de los diez días siguientes al de la notificación
del laudo, podrá solicitarse a esta Junta Arbitral su corrección, aclaración o complemento,
de acuerdo con el artículo 39 de la citada Ley de Arbitraje. La presente notificación se
hace con carácter previo a la preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que
será determinante a los efectos de su notificación.
00174429
Cádiz, 26 de junio de 2020.- La Consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del
Territorio, PD. (artículo 11 de la Orden de 17.10.2018, BOJA núm. 203, de 19.10.2018), la
Delegada, Mercedes Colombo Roquette.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja