Disposiciones generales. . (2020/127-1)
Orden de 29 de junio de 2020, por la que se convocan para el ejercicio 2020 las subvenciones previstas en la Orden de 20 de febrero de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de los servicios turísticos y creación de nuevos productos, en sus modalidades de crecimiento y consolidación de las empresas turísticas (Modalidad PYMETUR) y creación de nuevas empresas turísticas (Modalidad EMPRENTUR).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 127 - Viernes, 3 de julio de 2020
CÓDIGO IDENTIFICATIVO
7
página 17
(Página 6 de 7 )
ANEXO I
CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS
CRITERIO I. VALORACIÓN EN BASE A LA LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO Y AL SOLICITANTE
A)
B)
C)
Empresas que en el momento de presentación de la solicitud de ayuda dispongan de una plantilla con contrato indefinido mayor al
70%. 5 puntos.
Empresas cuya tasa de empleo neto equivalente en los dos últimos años se haya incrementado en, al menos, un 20%.3 puntos.
Empresas que asuman el compromiso de mejorar las condiciones socio-laborales de las personas trabajadoras de la entidad solicitante,
respecto de las recogidas en los correspondientes convenios colectivos provinciales o sectoriales.
1º. Si la entidad solicitante aporta compromiso concreto y detallado de mejora de las condiciones de trabajo y productividad
recogidas en el correspondiente convenio colectivo de aplicación. 3 puntos.
D)
En función del número de trabajadoras de la empresa en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda.
E)
En función del emplazamiento del proyecto:
1º. Si el 50% o más puestos de trabajo de la empresa están ocupados por mujeres. 2 puntos
1º. Si el proyecto se desarrolla en su totalidad en el interior de un Municipio Turístico. 2 puntos.
2º. Si el proyecto se desarrolla parcialmente en el interior de un Municipio Turístico. 1 punto.
F)
Municipios que obtengan tal declaración en aplicación de lo establecido en el Decreto 72/2017 de 13 de junio, de Municipio Turístico de
Andalucía.
En función de la solvencia económica de la entidad solicitante (volumen anual de negocios en el ejercicio anual anterior al de la solicitud)
1º. Si el volumen de negocios es superior a 200.000,00 euros. 2 puntos
2º. Si el volumen de negocios es superior a 100.000,00 euros e igual o inferior a 200.000, euros. 1 punto.
G)
En función de la solvencia técnica de la entidad solicitante.
1º. Experiencia en el sector turístico. 1 punto por cada año, con un máximo de 5 puntos.
H)
En función de las certificaciones de calidad de la entidad solicitante.
1º. Si tiene implantado un Sistema Integral de Calidad Turística en Destino (SICTED). 3 puntos.
2º. Si cuentan con un Certificado de Calidad Turística-Marca Q. 2 puntos.
3º. Si cuentan con algún otro Certificado de Calidad (ISO, UNE,etc.). 1 punto.
CRITERIO II. VALORACIÓN EN BASE AL PROYECTO
A)
Volumen de empleo estable creado
1º. Se crean tres o más puestos de empleo estable. 3 puntos.
2º. Se crean uno o dos puestos de empleo estable. 2 puntos.
B)
Número de empleos al inicio de la actividad y número de empleos que se prevé alcanzar a la finalización de la inversión y una vez justificada
la subvención otorgada. Se entiende por empleo estable toda contratación que se concierte por tiempo indefinido, en los términos
establecidos en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores.
Contribuye a la integración social:
C)
Contribuye a la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres:
D)
Diversificación e incremento de la oferta turística del municipio:
002559/1D
1º. El proyecto incluye actuaciones que mejoren la accesibilidad global del destino. 2 puntos.
1º. El proyecto introduce medidas o acciones positivas para las mujeres. 2 puntos.
1º. El proyecto permite incrementar y diversificar la oferta turística del municipio a través de la participación en proyectos puestos en
valor por la Consejería competente en materia de turismo (por ejemplo, turismo gastronómico, industrial, accesible, etc). 1 punto.
E)
Carácter innovador del proyecto
F)
Modelo de desarrollo medioambientalmente sostenible:
1º. El proyecto incluye acciones innovadoras (desarrollo de nuevos productos, modernización de sistemas y tecnologías). 1 punto.
1º. El proyecto incluye medidas que contribuyen a la reducción del impacto medioambiental, tales como reducción del consumo
energético, ahorro de agua, reciclado, gestión de residuos. 2 puntos.
2º. El proyecto incluye medidas de difusión para la conservación y reducción de impactos ambientales en el territorio. 1 punto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
00174349
SUMA FINAL MÁXIMA DE CRITERIOS DE VALORACIÓN: 40 PUNTOS
PUNTUACIÓN MÍNIMA PARA PODER SER BENEFICIARIO DE AYUDA: 10 PUNTOS
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 127 - Viernes, 3 de julio de 2020
CÓDIGO IDENTIFICATIVO
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(Página 6 de 7 )
ANEXO I
CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS
CRITERIO I. VALORACIÓN EN BASE A LA LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO Y AL SOLICITANTE
A)
B)
C)
Empresas que en el momento de presentación de la solicitud de ayuda dispongan de una plantilla con contrato indefinido mayor al
70%. 5 puntos.
Empresas cuya tasa de empleo neto equivalente en los dos últimos años se haya incrementado en, al menos, un 20%.3 puntos.
Empresas que asuman el compromiso de mejorar las condiciones socio-laborales de las personas trabajadoras de la entidad solicitante,
respecto de las recogidas en los correspondientes convenios colectivos provinciales o sectoriales.
1º. Si la entidad solicitante aporta compromiso concreto y detallado de mejora de las condiciones de trabajo y productividad
recogidas en el correspondiente convenio colectivo de aplicación. 3 puntos.
D)
En función del número de trabajadoras de la empresa en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda.
E)
En función del emplazamiento del proyecto:
1º. Si el 50% o más puestos de trabajo de la empresa están ocupados por mujeres. 2 puntos
1º. Si el proyecto se desarrolla en su totalidad en el interior de un Municipio Turístico. 2 puntos.
2º. Si el proyecto se desarrolla parcialmente en el interior de un Municipio Turístico. 1 punto.
F)
Municipios que obtengan tal declaración en aplicación de lo establecido en el Decreto 72/2017 de 13 de junio, de Municipio Turístico de
Andalucía.
En función de la solvencia económica de la entidad solicitante (volumen anual de negocios en el ejercicio anual anterior al de la solicitud)
1º. Si el volumen de negocios es superior a 200.000,00 euros. 2 puntos
2º. Si el volumen de negocios es superior a 100.000,00 euros e igual o inferior a 200.000, euros. 1 punto.
G)
En función de la solvencia técnica de la entidad solicitante.
1º. Experiencia en el sector turístico. 1 punto por cada año, con un máximo de 5 puntos.
H)
En función de las certificaciones de calidad de la entidad solicitante.
1º. Si tiene implantado un Sistema Integral de Calidad Turística en Destino (SICTED). 3 puntos.
2º. Si cuentan con un Certificado de Calidad Turística-Marca Q. 2 puntos.
3º. Si cuentan con algún otro Certificado de Calidad (ISO, UNE,etc.). 1 punto.
CRITERIO II. VALORACIÓN EN BASE AL PROYECTO
A)
Volumen de empleo estable creado
1º. Se crean tres o más puestos de empleo estable. 3 puntos.
2º. Se crean uno o dos puestos de empleo estable. 2 puntos.
B)
Número de empleos al inicio de la actividad y número de empleos que se prevé alcanzar a la finalización de la inversión y una vez justificada
la subvención otorgada. Se entiende por empleo estable toda contratación que se concierte por tiempo indefinido, en los términos
establecidos en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores.
Contribuye a la integración social:
C)
Contribuye a la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres:
D)
Diversificación e incremento de la oferta turística del municipio:
002559/1D
1º. El proyecto incluye actuaciones que mejoren la accesibilidad global del destino. 2 puntos.
1º. El proyecto introduce medidas o acciones positivas para las mujeres. 2 puntos.
1º. El proyecto permite incrementar y diversificar la oferta turística del municipio a través de la participación en proyectos puestos en
valor por la Consejería competente en materia de turismo (por ejemplo, turismo gastronómico, industrial, accesible, etc). 1 punto.
E)
Carácter innovador del proyecto
F)
Modelo de desarrollo medioambientalmente sostenible:
1º. El proyecto incluye acciones innovadoras (desarrollo de nuevos productos, modernización de sistemas y tecnologías). 1 punto.
1º. El proyecto incluye medidas que contribuyen a la reducción del impacto medioambiental, tales como reducción del consumo
energético, ahorro de agua, reciclado, gestión de residuos. 2 puntos.
2º. El proyecto incluye medidas de difusión para la conservación y reducción de impactos ambientales en el territorio. 1 punto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
00174349
SUMA FINAL MÁXIMA DE CRITERIOS DE VALORACIÓN: 40 PUNTOS
PUNTUACIÓN MÍNIMA PARA PODER SER BENEFICIARIO DE AYUDA: 10 PUNTOS
http://www.juntadeandalucia.es/eboja