3. Otras disposiciones. . (2020/126-9)
Resolución de 26 de junio de 2020, de la Agencia Tributaria de Andalucía, relativa a la suplencia temporal de los Gerentes Provinciales durante el periodo vacacional.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Jueves, 2 de julio de 2020
página 30

3. Otras disposiciones
Consejería de Hacienda, Industria y Energía
Resolución de 26 de junio de 2020, de la Agencia Tributaria de Andalucía,
relativa a la suplencia temporal de los Gerentes Provinciales durante el periodo
vacacional.
El artículo 109 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, establece que «Los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos
temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad por quién designe el
órgano competente para el nombramiento de aquellos».
Vistos el Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía, aprobado mediante Decreto
4/2012, de 17 de enero, y el Decreto 207/2018, de 20 de noviembre, por el que se modifica
parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta
de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Economía, Hacienda y Administración
Pública, a las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía y a la Agencia Tributaria
de Andalucía, procede establecer el régimen de suplencia adecuado, durante el periodo
vacacional, para la suplencia de los Gerentes Provinciales de la Agencia Tributaria de
Andalucía.
De acuerdo con lo anteriormente expresado,
DISPONGO
Primero. Designar suplente del Gerente Provincial en Almería:
a) Al Gerente Provincial en Jaén durante el periodo comprendido del 6 de julio al 10
de julio, ambos incluidos.
b) Al Gerente Provincial en Málaga durante el periodo comprendido del 27 de julio al
31 de julio, ambos incluidos.
c) A la Gerente Provincial en Granada durante el periodo comprendido del 3 de agosto
al 14 de agosto, ambos incluidos.
Segundo. Designar suplente del Gerente Provincial en Cádiz:
a) A la Gerente Provincial en Huelva durante el periodo comprendido del 15 de julio al
31 de julio, ambos incluidos.
b) A la Gerente Provincial en Huelva durante el periodo comprendido del 3 de agosto
al 7 de agosto, ambos incluidos.

Cuarto. Designar suplente de la Gerente Provincial en Granada:
a) Al Gerente Provincial en Jaén durante el periodo comprendido del 20 de julio al 24
de julio, ambos incluidos.
b) Al Gerente Provincial en Málaga durante el periodo comprendido del 27 de julio al
31 de julio, ambos incluidos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00174292

Tercero. Designar suplente del Gerente Provincial en Córdoba:
a) A la Gerente Provincial en Huelva durante el periodo comprendido del 3 de agosto
al 7 de agosto.
b) Al Gerente Provincial en Cádiz durante el periodo comprendido del 10 de agosto al
14 de agosto, ambos incluidos.
c) Al Gerente Provincial en Cádiz durante el periodo comprendido del 31 de agosto al
4 de septiembre, ambos incluidos.