Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2020/126-6)
Resolución de 24 de junio de 2020, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las listas provisionales de personas aspirantes que superan el concurso-oposición, correspondiente a las pruebas selectivas por el sistema de acceso libre de la categoría de Técnico/a Superior en Alojamiento, convocada mediante Resolución de 21 de septiembre 2016.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Jueves, 2 de julio de 2020
página 19

puntuación obtenida en la fase de oposición, y la puntuación total obtenida en el concursooposición.
Tercero. Aprobar las listas provisionales de personas aspirantes excluidas del
concurso-oposición en la fase de concurso, ordenadas alfabéticamente, con indicación
de la puntuación consignada por las personas aspirantes en el autobaremo de méritos
presentado, la puntuación obtenida en la fase de oposición, y la puntuación total obtenida
en el concurso-oposición, con indicación de la causa de exclusión.
Cuarto. Publicar, como anexo a esta resolución, la relación de causas de exclusión.

Sexto. Las personas aspirantes disponen de un plazo de quince días hábiles
para formular alegaciones contra la misma, a contar desde el día hábil siguiente al de
publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Las
alegaciones deberán presentarse a través de medios electrónicos, debiendo formularse
través de la VEC, cumplimentando el formulario electrónico correspondiente al sistema
normalizado de alegaciones a los listados provisionales.
Durante el plazo anterior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, aquellas personas candidatas que figuran excluidas en el concurso-oposición
por falta de acreditación de los requisitos de acceso para la participación en el mismo,
deberán, subsanar la falta o aportar junto a la correspondiente alegación, los documentos
acreditativos de la concurrencia de dichos requisitos de acceso, indicándoles que, si así
no lo hicieran, quedarán definitivamente excluidas del concurso-oposición.
Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
para aquellos méritos que, en el momento de presentación del autobaremo de méritos,
únicamente se hubiera incorporado a la VEC la solicitud de la certificación de dicho
mérito, cuyo registro haya sido rechazado por el Tribunal de Selección por dicha causa,
deberán aportar a través de la VEC, junto a la alegación, la documentación acreditativa
correspondiente al mismo. La persona aspirante se responsabilizará de la veracidad de
los documentos adjuntados.
Para realizar la alegación la persona interesada deberá acreditarse a través de la
firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos
(certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedidos
por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y
clave de acceso).
Dichas alegaciones, que no tendrán carácter de recurso, serán admitidas o denegadas
por medio de la resolución que apruebe la relación definitiva de aspirantes que superen
el concurso-oposición, que será elevada por el correspondiente Tribunal Calificador a
la Dirección General competente en materia de Personal, ordenada por la puntuación
obtenida una vez sumadas las puntuaciones de la fase de oposición y de la fase de
concurso.
La vista de expediente será satisfecha mediante el ejercicio del derecho a acceder
a través de la VEC a consultar la información y a obtener copia de los documentos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00174310

Quinto. Anunciar que las citadas listas provisionales se encontrarán expuestas al
público en los tablones físicos o virtuales de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz
de Salud y de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud y Familias, así
como en la página web del Servicio Andaluz de Salud
(www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/)
a partir del mismo día de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.