Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2020/123-6)
Resolución de 18 de junio de 2020, conjunta del Servicio Andaluz de Salud y de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios vinculada con plaza asistencial de Facultativo Especialista de Área de la Institución Sanitaria concertada.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 123 - Lunes, 29 de junio de 2020
página 545
Segunda. Requisitos de los candidatos.
Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir
los siguientes requisitos generales:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores. También podrán participar el cónyuge, descendientes
y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados
miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, sean
menores de veintiún años o mayores de edad dependientes. Este último beneficio será
igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se
prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados
por España. Igualmente, podrán participar los aspirantes habilitados de nacionalidad
extranjera no comunitaria cuando, en el Estado de su nacionalidad, a los españoles se
les reconozca aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas
a las de los funcionarios de los cuerpos docentes universitarios españoles. Sobre este
efectivo reconocimiento de la aptitud legal, el Consejo de Universidades recabará informe
de los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Administraciones Públicas.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la máxima de
jubilación forzosa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00174131
Sector Público; el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la
acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, modificado
por el Real Decreto 415/2015, de 29 de mayo; el Real Decreto 1313/2007, de 5 de
octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes
universitarios; el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, modificado por el Real Decreto
1652/1991, de 11 de octubre, por el que se establecen las bases generales del régimen de
conciertos entre las Universidades y las Instituciones Sanitarias; el Decreto 212/2017, de
26 de diciembre, por el que se aprueba la modificación de los Estatutos de la Universidad
de Córdoba, aprobados por Decreto 280/2003, de 7 de octubre (BOJA núm. 4, de 5 de
enero de 2018); el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Córdoba, de
fecha 30 de octubre de 2015, por el que se aprueba el Reglamento de concurso de acceso
a cuerpos docentes universitarios, promociones internas y provisión de plazas docentes
vacantes en la Universidad de Córdoba; el Reglamento 31/2020, aprobado por Consejo
de Gobierno en sesión de 28 de mayo, por el que se establece la obligatoriedad de
utilizar medios electrónicos en los procesos selectivos de puestos de trabajo del Personal
Docente e Investigador y del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de
Córdoba (BOUCO de 28.5.20); la Instrucción 1/2020, de 8 de junio de 2020, por la que
se publica el protocolo para la tramitación telemática en los procedimientos de selección
de plazas de Profesor Contratado Doctor y de concursos de acceso a Cuerpos Docentes
Universitarios, incluyendo las plazas vinculadas al Servicio Andaluz de Salud (BOUCO de
09/06/20); las presentes bases de convocatoria, las normas de general aplicación y, en lo
no previsto, por las disposiciones estatales que regulan el régimen general de ingreso en
la Administración Pública.
La vinculación de las plazas de cuerpos docentes universitarios con las plazas
asistenciales del Servicio Andaluz de Salud será en la categoría de Facultativo
Especialista de Área. No obstante, en el supuesto de que, en el momento de la toma
de posesión, el concursante propuesto se encontrase en activo y ocupando el cargo
de Jefe de Servicio o de Sección, obtenido por concurso-oposición en el mismo Centro
hospitalario y Especialidad, se mantendrá en el mismo. Para los que ocupen el cargo de
Jefe de Servicio o Sección con posterioridad a la Orden de 5 de febrero de 1985, les será
de aplicación, para su mantenimiento, la normativa reguladora del sistema de promoción
de tales cargos vigente en el momento de obtención de la plaza vinculada.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 123 - Lunes, 29 de junio de 2020
página 545
Segunda. Requisitos de los candidatos.
Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir
los siguientes requisitos generales:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores. También podrán participar el cónyuge, descendientes
y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados
miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, sean
menores de veintiún años o mayores de edad dependientes. Este último beneficio será
igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se
prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados
por España. Igualmente, podrán participar los aspirantes habilitados de nacionalidad
extranjera no comunitaria cuando, en el Estado de su nacionalidad, a los españoles se
les reconozca aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas
a las de los funcionarios de los cuerpos docentes universitarios españoles. Sobre este
efectivo reconocimiento de la aptitud legal, el Consejo de Universidades recabará informe
de los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Administraciones Públicas.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la máxima de
jubilación forzosa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00174131
Sector Público; el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la
acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, modificado
por el Real Decreto 415/2015, de 29 de mayo; el Real Decreto 1313/2007, de 5 de
octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes
universitarios; el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, modificado por el Real Decreto
1652/1991, de 11 de octubre, por el que se establecen las bases generales del régimen de
conciertos entre las Universidades y las Instituciones Sanitarias; el Decreto 212/2017, de
26 de diciembre, por el que se aprueba la modificación de los Estatutos de la Universidad
de Córdoba, aprobados por Decreto 280/2003, de 7 de octubre (BOJA núm. 4, de 5 de
enero de 2018); el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Córdoba, de
fecha 30 de octubre de 2015, por el que se aprueba el Reglamento de concurso de acceso
a cuerpos docentes universitarios, promociones internas y provisión de plazas docentes
vacantes en la Universidad de Córdoba; el Reglamento 31/2020, aprobado por Consejo
de Gobierno en sesión de 28 de mayo, por el que se establece la obligatoriedad de
utilizar medios electrónicos en los procesos selectivos de puestos de trabajo del Personal
Docente e Investigador y del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de
Córdoba (BOUCO de 28.5.20); la Instrucción 1/2020, de 8 de junio de 2020, por la que
se publica el protocolo para la tramitación telemática en los procedimientos de selección
de plazas de Profesor Contratado Doctor y de concursos de acceso a Cuerpos Docentes
Universitarios, incluyendo las plazas vinculadas al Servicio Andaluz de Salud (BOUCO de
09/06/20); las presentes bases de convocatoria, las normas de general aplicación y, en lo
no previsto, por las disposiciones estatales que regulan el régimen general de ingreso en
la Administración Pública.
La vinculación de las plazas de cuerpos docentes universitarios con las plazas
asistenciales del Servicio Andaluz de Salud será en la categoría de Facultativo
Especialista de Área. No obstante, en el supuesto de que, en el momento de la toma
de posesión, el concursante propuesto se encontrase en activo y ocupando el cargo
de Jefe de Servicio o de Sección, obtenido por concurso-oposición en el mismo Centro
hospitalario y Especialidad, se mantendrá en el mismo. Para los que ocupen el cargo de
Jefe de Servicio o Sección con posterioridad a la Orden de 5 de febrero de 1985, les será
de aplicación, para su mantenimiento, la normativa reguladora del sistema de promoción
de tales cargos vigente en el momento de obtención de la plaza vinculada.